lunes, 28 de abril de 2014

Factores de riesgo vs Procesos de trabajo

    El trabajo es, en la realidad moderna de las sociedades humanas, un derecho y un deber; pero dependiendo de las condiciones en que este se desarrolle, puede ser un elemento enajenante y pernicioso o un instrumento liberador.
Es ahí donde campos como la ergonomía, la medicina ocupacional, la higiene ocupacional, la seguridad laboral, el derecho laboral, entre otras muchas ramas, se unen de forma multidisciplinaria, con el fin de que el trabajo permita el desarrollo del trabajador.
      No obstante existen dos grandes teorías que nos permiten entender, analizar y estudiar las condiciones físicas-materiales y psicológicas-organizacionales, en las que se encuentra el trabajador. Por un lado tenemos la teoría clásica, hegemónica, del riesgo laboral; por el otro lado tenemos una teoría nueva, contrahegemónica, de los procesos de trabajo. Al analizar en profundidad estas dos teorías, observamos fácilmente que la diferencia no es solo semántica, de formas, sino mas bien de fondo, estructurales y paradigmáticas.
     Riesgo, es definido por el INPSASEL en su Norma Técnica NT-01-2008 como “la probabilidad de que ocurra daño a la salud, a los materiales, o a ambos”. El sustantivo clave en este concepto es probabilidad, que si buscamos su definición (en este caso en la Real Academia Española) encontramos que es “ un proceso aleatorio, razón entre el número de casos favorables y el número de casos posibles”.
En pocas palabras, en la concepción misma de esta teoría, se fundamenta en un proceso aleatorio, un juego de dados, en si tenemos suerte o no. Si tenemos suerte, no nos pasa nada, si estamos “de malas” nos toca el gordo (entiéndase un accidente laboral o una enfermedad ocupacional). Por lo que, consecuentemente, el objetivo mismo de todas las disciplinas anteriormente señalado es llevar a su mínima expresión esta posibilidad. Se agrupa los riesgos según los “factores” perniciosos para la salud e integridad física de los trabajadores (factores de riesgo físico, químico, biológico, disergonómicos, psicosociales, mecánicos, de seguridad, entre otros), con lo que lamentablemente se pretende evaluar la realidad laboral en función de fotografiás, imágenes aisladas, descontextualizadas, del acontecer ocupacional.
   En su momento, los riesgos laborales representaron un avance en el área, ya que aunque por probabilidades, se crea una relación directa entre trabajo y alteraciones en la salud; no obstante dado el modelo económico existente en la época de su concepción (capitalista) y del paradigma dominante (tecnócrata), es a grandes rasgos una visión conservadora, cercana a los intereses de los patronos y del capital.
    Pero con el transcurrir del tiempo, de cambios politicos, paradigmáticos, sociales, surge la teoría de los procesos peligrosos, impulsada por Oscar Betancourt. Los procesos peligrosos son definidos por el INPSASEL en su Norma Técnica NT-01-2008 como “el que surge durante el proceso de trabajo, y a sea de los objetos, de los medios de trabajo, de los insumos, de la interacción entre estos, de la organización o división trabajo, como el entorno y los medios de protección, que pueden afectar la salud de las trabajadoras y  los trabajadores”. En esta nueva visión el concepto álgido es procesos de trabajo, es la idea central de la que surge o se fundamentan los procesos peligrosos; es así como el mismo Oscar Betancourt señala: “A diferencia de los enfoques convencionales que toman como el elemento central a los denominados “riesgos del trabajo”, lo importante es la identificación de las características de cada uno de los elementos del proceso de trabajo, como paso previo a la identificación de los procesos peligrosos (riesgos y exigencias). Este pequeño detalle marca una notable diferencia con lo que ha sido costumbre en la práctica de la salud y seguridad en el trabajo”.
    Y ¿cuales son los elementos del proceso de trabajo? Son el objeto o sujeto de trabajo (es a lo que se le aplica el trabajo, lo que se transforma, lo que cambia como consecuencia directa del trabajo), la actividad (son el conjunto de acciones secuenciales que realiza el trabajador o la trabajadora, y que permiten operar las transformaciones en el objeto o sujeto de trabajo), los medios de trabajo (los implementos de que se sirve el trabajador o la trabajadora para ejecutar su tarea), organización y división del trabajo (puede entenderse como el conjunto de factores materiales e inmateriales bajo las cuales se estructuran las condiciones de trabajo).
    A partir de aquí se estructuran los procesos peligros. Esta realidad permite que al comparar a estos con los riesgos laborales sea como ver una fotografía y un vídeo. La fotografía, es una instantánea de un momento estático, que puede des-contextualizarse, impidiendo un análisis en macro de todo el conjunto (ya que muy seguramente no sale en la toma); el vídeo, me permite ver de forma dinámica, en contexto, con visión panorámica de la organización.
    Esta analogía hace mas visual la apreciación de que, los procesos peligrosos son una evolución natural, un salto cualitativo y cuantitativo, en el análisis organizacional de la higiene y seguridad laboral. No obstante, esta teoría contra hegemónica, sigue sin ser preponderante en la realidad. Pocas empresas han realizado a cambiado su visión, en el marco legal venezolano solo las Normas técnicas hablan de los procesos peligrosos, y hasta en el PNF en Higine y Seguridad Laboral, se mantiene dentro de la pensum de estudio, de forma predominante los riesgos laborales.
   En resumen, ambas teorías tienen sus pro y sus contras, cada una permite el control de las condiciones inseguras o peligrosas en una organización, aplicarlas bajo un criterio unificado, es sumamente importante para cimentar un cambio de paradigma en nuestro país, si es esa la intención de los entes rectores. Pero todo cambio, parte de forma estructural e irreversible desde la formación, elemento indispensable para el empoderamiento de los trabajadores, es por esto que la nacion, debe adecuar sus pensum a ests fines. Así como el Ejecutivo unificar criterios en nuestro marco legal.

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